Inversión extranjera en Colombia
La constitución de sociedades anónimas simplificadas, es la forma societaria preferida, dadas sus ventajas; como la conformación por una o más personas naturales o jurídicas y en la que el empresario no se ve obligado a crear una junta directiva y la libertad para establecer su funcionamiento.
Los inversionistas extranjeros también hacen uso de la SAS como vehículo de inversión a través de la constitución de filiales SAS, pero también realizan aperturas de sociedades como sucursal extranjera, en la cual pueden acreditar la experiencia y solidez financiera de la matriz y en el sector minero energético, acceder a ventajas que el régimen cambiario contempla para ellas.
Existen otros tipos de sociedades que se conforman como vehículos de inversión, pero nos enfocaremos en la descripción de las más utilizadas.
Posee acciones con libertad de negociación.
Permite constituir nuevas empresas o formar parte de ellas.
Conforme al artículo 22 de la ley 80 de 1993, a la sucursal se le permite acreditar experiencia y capacidad financiera de la sociedad extranjera.
Ventajas cambiarias en ventas en moneda extranjera para el sector minero energético.Las inversiones de capital provenientes del exterior se deben registrar en el formulario respectivo informando al Banco de la Republica, esto con el fin de que le sea otorgada la calidad de inversionista extranjero, estas operaciones se pueden realizar a través de intermediarios del mercado cambiario o directamente al BR por medio electrónico.
Antes de proceder a la constitución de un vehículo de inversión, resulta importante definir el objetivo de la inversión, definir a fondo las ventajas y desventajas que representan unas respecto a otras, nosotros podemos acompañarle en este proceso.
Acuerdos para eliminar la doble tributación
Colombia en busca de facilitar sus operaciones de comercio exterior, con lo cual ha realizado acuerdos con distintos países buscando eliminar o disminuir la doble tributación, que afecta a los residentes de los firmantes de estos acuerdos, actualmente se encuentran vigentes acuerdos de este tipo con los siguientes países: Francia, Italia, Republica Checa, Portugal, India, Corea, Méjico, Canadá, Suiza, Chile, España, Gran Bretaña e Irlanda del Norte y los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones.
Precios de transferencia
Tiene la finalidad que las empresas de los mismos grupos económicos o asociadas, realicen operaciones observando los mismos precios que se tendrían en condiciones normales de una plena competencia, buscando como finalidad el impedir o identificar las practicas que busquen disminuir el margen de utilidad en el Estado con mayor carga impositiva.