Inversión extranjera en Colombia
La creación de una empresa en el país se ve beneficiada por una ubicación estratégica que facilita el acceso a mercados internacionales mediante múltiples acuerdos comerciales, ofreciendo ventajas logísticas y un huso horario favorable para la región. Además, Colombia garantiza igualdad de condiciones para inversionistas extranjeros y nacionales, prohibiendo cualquier forma de discriminación o trato preferencial.
Le invitamos a conocer algunas de las ventajas y aspectos que deben evaluarse para el inversionista extranjero interesado en incorporar una empresa en Colombia.
Estructuras societarias en Colombia
Inversionistas extranjeros consultan con frecuencia sobre la estructura societaria óptima para establecer empresas en Colombia, donde la elección de la forma jurídica depende del alcance operativo, la flexibilidad en la gestión y los beneficios de la legislación local.
Entre las opciones disponibles, la sociedad por acciones simplificada (SAS) destaca por sus múltiples ventajas, mientras que la figura de sucursal de sociedad extranjera permite acreditar la trayectoria y la solvencia financiera de la casa matriz. A continuación, se presenta un comparativo de ambas estructuras:
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Sociedad por acciones simplificada - SAS |
Sucursal de sociedad Extranjera |
Forma de constitución |
Documento privado. En caso de aportes en especie, se requiere escritura pública. |
Escritura Pública. |
Naturaleza jurídica y responsabilidades |
Persona jurídica distinta de sus accionistas, quienes responden hasta el monto de su aporte, salvo en casos de fraude. |
Establecimiento de comercio de la casa matriz, cuyas responsabilidades en Colombia deben ser asumidas. |
Capital |
Los accionistas pueden suscribir y pagar el capital en las condiciones y proporciones que establezcan, con un plazo máximo de 2 años. |
El capital debe pagarse al momento de la constitución; sin embargo, se permite contar con un capital flotante que puede ajustarse sin reformar los estatutos. |
Revisor Fiscal |
Acorde a los montos establecidos por ley. |
Obligatorio. |
Administración |
No existe la obligación de formar una junta directiva; en su defecto, la asamblea o el accionista único asumen las funciones. |
Se designa un Mandatario General, quien actúa como administrador y representante frente a terceros. |
Ventajas |
Facilita la negociación libre de acciones, la constitución de nuevas empresas o la integración en sociedades ya existentes. |
Según el artículo 22 de la Ley 80 de 1993, permite acreditar la experiencia y capacidad financiera de la sociedad extranjera, además de ofrecer ventajas cambiarias en ventas en moneda extranjera, particularmente relevantes para el sector minero energético. |
Esta comparación busca orientar a los inversionistas extranjeros en la elección de la estructura societaria que mejor se adapte a sus necesidades en el contexto colombiano.
Régimen de Compañías Holding Colombianas
El régimen de Compañías Holding Colombianas está dirigido a sociedades creadas en Colombia y cuya actividad principal es la inversión y administración de valores, tanto en Colombia como en el exterior, ofreciendo beneficios fiscales como la exención del impuesto sobre la renta para dividendos de entidades no residentes y para los pagados a socios extranjeros. Para acogerse a este régimen, regulado por el artículo 894 del Estatuto Tributario, las sociedades deben cumplir requisitos como mantener una participación mínima del 10% en al menos dos entidades por doce meses, contar con recursos humanos y una dirección física en el país, y realizar sus decisiones estratégicas en territorio colombiano, lo que fortalece el entorno de inversión nacional e internacional y poniéndola a la par frente a jurisdicciones offshore.
Zonas Francas
Constituir una empresa en Colombia implica aprovechar una ubicación estratégica y un entorno de inversión dinámico, donde el régimen de zonas francas ofrece un marco normativo especial en materia tributaria, aduanera y de comercio exterior. Este régimen no solo permite a las empresas beneficiarse de una tarifa de renta preferencial del 20% para usuarios industriales, exenciones de aranceles e IVA en importaciones y facilidades para exportar, sino que también exige cumplir compromisos de generación de empleo e inversión bajo el principio de exclusividad, garantizando que se desarrollen únicamente las actividades autorizadas en el área de zona franca. La reforma tributaria, mediante la Ley 2277 de 2022 y su reglamentación parcial a través del Decreto 0047 de 2024, condiciona la aplicación de esta tarifa a que los usuarios industriales acuerden un Plan de Internacionalización y Anual de Ventas, orientado a ejecutar efectivamente actividades de exportación y alcanzar objetivos de ingresos netos, lo que refuerza el incentivo para proyectos de alto impacto económico y social.
Acuerdos para eliminar la doble tributación en Colombia
Con el fin de incentivar a los inversionistas extranjeros en establecer sus empresas en el país y evitar así la doble tributación, Colombia ha suscrito acuerdos con diversos países. Estos convenios establecen un marco legal claro que previene la aplicación de impuestos duplicados a los residentes de los países firmantes. Entre los acuerdos vigentes en materia de impuesto de renta, Colombia cuenta con tratados vigentes con naciones como Japón, Francia, Italia, República Checa, Portugal, India, Corea, México, Canadá, Suiza, Chile, España, Reino Unido e Irlanda del Norte, además de los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones. Estos acuerdos generan un entorno fiscal más favorable, eliminando preocupaciones tributarias adicionales para quienes desean establecer una empresa en Colombia.
Régimen Cambiario en Colombia
Las inversiones de capital extranjero deben registrarse ante el Banco de la República mediante el formulario correspondiente, lo que garantiza al inversionista un estatus legal en el país. Este registro puede realizarse tanto a través de intermediarios del mercado cambiario como directamente ante el Banco de la República por medios electrónicos. El proceso se efectúa desde el momento de la constitución de la empresa en Colombia y se repite cada vez que se efectúan aportes adicionales al capital, se distribuyen dividendos o se realizan operaciones en cuentas bancarias en el exterior autorizadas bajo este régimen.
Precios de transferencia
El régimen de precios de transferencia en Colombia asegura que las transacciones entre empresas vinculadas o que forman parte del mismo grupo económico se realicen en condiciones de mercado, garantizando una competencia equitativa. Este sistema está diseñado para prevenir o detectar prácticas destinadas a reducir el margen de utilidad en países con mayor carga fiscal, siendo especialmente relevante para las multinacionales que desean establecerse en Colombia.
Aquellos contribuyentes obligados a cumplir con este régimen deben reunir ciertas condiciones: ser sujetos del impuesto de renta y complementarios, tener vínculos económicos con entidades en el exterior o en zonas francas, y haber realizado operaciones con dichas entidades durante el año gravable correspondiente. Asimismo, estos contribuyentes deben presentar la declaración informativa y los estudios de precios de transferencia ante la DIAN, asegurando el cumplimiento de la normativa vigente para operar legalmente en el país.
Planeación Estratégica para Invertir en Colombia
Antes de constituir un vehículo de inversión en Colombia, es crucial definir sus objetivos y evaluar detenidamente las estructuras legales disponibles. Ya sea a través de la creación de sociedades, el establecerse en una de las zonas francas o la ampliación de regímenes especializados, este análisis le permitirá maximizar beneficios y minimizar riesgos.
Nuestro equipo de expertos le brinda asesoría integral, desde la elección del tipo societario adecuado hasta la gestión de los requisitos legales y fiscales, ofreciendo soluciones personalizadas para asegurar el éxito sostenible de su inversión en Colombia.